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Sociología

La filosofía detrás de la pena (judicial)

penaAunque ya he expuesto en el pasado como la justicia es simplemente una herramienta en manos del poder para mantener a la sociedad controlada, hoy voy a hablar de las distintas ideologías que justifican por qué se imponen los distintos tipos de penas o sanciones. Así, la justicia actúa de un modo u otro según épocas porque sigue diversas ideologías base sobre cual es su función y para qué sirve que se impongan condenas.

La primera función clásica de la pena es la punitiva: en esta aproximación, las condenas sirven para castigar a quienes han infringido las leyes. En general, esta ideología suele ser transversal y estar en combinación con las demás, y se podría resumir en la frase “todo acto ilegal es castigado”.

La segunda función es la que aparece en el código legal más antiguo que se conserva, el código de Hammurabi, y sería la función igualadora. Si tu cometes un acto ilegal sobre otra persona, se hará lo mismo sobre ti, de modo que tu maldad quede igualada y se restaure el equilibrio entre ambas personas. Un ejemplo clásico de esto es que según el código de Hammurabi, si alguien mata al hijo de otra persona, esa otra persona matará al hijo del primero, pese a que este en realidad no ha hecho nada. Como dice la ley del Talión “ojo por ojo, diente por diente”.

La tercera ideología es la restauradora, según la cual las penas deben intentar restaurar el daño que ha hecho el acto ilegal. En ciertos delitos es muy fácil de aplicar y entender: un ladrón condenado por ejemplo a devolver lo robado está siendo condenado bajo la idea de que la ley debe restaurar las cosas a como estaban antes del delito. El problema de este enfoque es que en general, demasiados delitos son imposibles de restaurar, no se puede devolver la vida a un asesinado por ejemplo, lo cual hace que esta ideología sea difícil de aplicar en la mayoría de los casos.

La ley actúa también a menudo como protectora de la sociedad, especialmente a partir del desarrollo de las prisiones. Desde este punto de vista, la función de la condena es retirar del conjunto de la sociedad una persona que se considera peligrosa, de modo que no pueda seguir causando problemas al conjunto. Por supuesto, la trampa aquí se encuentra fácilmente, primero en la definición de problema (encerrar presos políticos, por ejemplo, se hace para “proteger” a la sociedad de sus ideas subversivas… como pasa por ejemplo en casos “extremadamente preocupantes” como el de los chistes en twitter) y por otro en el sentido de que simplemente encerrar a los elementos peligrosos no soluciona los problemas. Sin embargo, esta es la ideología dominante en torno a conceptos de seguridad reciente como la doctrina de la tolerancia cero en Estados Unidos. En cualquier caso, según este enfoque, la justicia actúa como la perla que genera una ostra en torno a un poquito de arena.

La quinta ideología es la de que la pena debe servir como educación del que la sufre, de modo que pueda aprender de su delito y reinsertarse como elemento productivo de la sociedad. Es la ideología dominante en buena parte de Europa, al menos a nivel formal y busca que las penas actúen como mecanismo para fomentar una solución del problema a largo plazo. El problema es que las prisiones suelen ser entornos más bien contraproducentes de cara a la reinserción social, pues lo que hace es crear un ecosistema donde todos son delincuentes, y que además todavía no está claro si todos los tipos de delincuentes son realmente reinsertables.

penaLa sexta es la idea de que la ley debe ser disuasoria, y está muy extendida especialmente en países como Estados Unidos. Se supone, según esta idea, que si la pena es lo suficientemente alta, la gente no cometerá ese tipo de delitos por miedo a que les pillen. En esta lógica, por ejemplo, la pena de muerte sirve para disuadir a los potenciales criminales a la hora de cometer esos delitos, pues saben que se arriesgan a perder la vida. Como muestran los datos de Estados Unidos, sin embargo, la justicia como disuasión no funciona, y la pena de muerte no ha sido capaz de reducir el número de homicidios.

La séptima es la idea de que la pena debe eliminar la posibilidad del criminal de volver a causar ese daño. Esto ocurre normalmente cuando, de un modo u otro, se lesiona al culpable de un modo irreparable, que le evite poder reincidir. Cortarle la mano a un ladrón, o volver impotente a un violador son ejemplos de cómo la pena puede usarse como medio de garantizar que ese criminal no pueda reinicidir.

Todas esas ideas son más complejas, sin duda, y Bacigalupo las ha recogido muy bien en un artículo llamado la Filosofía e Ideología de las Teorías de la Pena que es fácil de encontrar online para aquellos interesados. Por supuesto, la principal de estas complejidades es que todos esos principios filosóficos de la pena son compatibles y combinables entre si, de modo que es posible encontrar muchos de ellos al mismo tiempo en cualquier código legal. El código español mismo, pese a que considera que la función de la pena es resocializar al culpable, tiene elementos de prácticamente todos los demás según qué delitos miremos.

Pero, a diferencia de Bacigalupo, yo si creo que la justicia sirve a un fin de control social, como expuse en el primer link dentro del blog. Desde este punto de vista, por tanto, todos los siete principios ideológicos encajan dentro de un continuo que incluye por un lado la seguridad de la sociedad (especialmente de su élite) y los medios tecnológicos disponibles en el momento; supongo que en algún lado de ese continuo deberían entrar los derechos, pero la historia ha demostrado demasiado a menudo que estos suelen pesar menos que las otras dos cosas.

Así, cuando Hammurabi tenía que sentenciar algo, tenía una serie de herramientas a su disposición (como cortar una mano) y no tenía otras (como la prisión). Eso hace que de entre las opciones que tenía para mantener el orden, su código estableciese una pena u otra en base a cuales parecían más eficaces dentro de su abanico de opciones, como modo de garantizar la seguridad. Porque la seguridad es un valor social de un enorme peso, nadie quiere vivir en una situación de amenaza permanente, especialmente para aquellos que más tienen que perder. Que son, en general, los mismos de siempre en esta carrera de élites por el control de la sociedad.

Entonces, a medida que la tecnología y la filosofía iban abriendo nuevas opciones a la hora de gestionar las ilegalidades y garantizar la seguridad del Estado, las penas han ido cambiando. Cada vez vemos menos penas destinadas a herir permanentemente a un culpable de modo que no pueda cometer futuros delitos e, incluso, a menudo se consideran como primitivas ese tipo de prácticas; y sin embargo, cada vez más se busca reeducar o reconstruir a los presidiarios como miembros útiles de la sociedad, que es algo con lo que todos en principio estamos de acuerdo. Es bueno que un asesino deje de asesinar y empiece a ser un buen ciudadano que ayuda a sus vecinos.

La clave, por supuesto, se encuentra en el poder, que le da un pequeño giro. ¿Qué es lo que hay que reeducar? En principio, convencer a un asesino de que deje de matar es algo con lo que todos estamos de acuerdo… pero, ¿hay que reeducar a alguien porque escriba una canción sobre el Rey? Eso ya es más discutible para muchos de nosotros y, sin embargo, la ley rápidamente ha actuado ahí, tanto como mecanismo de reeducación como para mandar a la sociedad un mensaje claro y potente de que debemos dejar de hacer esas cosas, que son malas, o tendremos una sanción grave (¡hola penas disuasorias!). Por supuesto, tienen la misma eficacia que con la pena de muerte en Estados Unidos: poca o ninguna.

Pero se sigue haciendo. De modo que se sanciona a la revista Mongolia por un chiste, a un rapero por una canción sobre el Rey, a una chica por un tweet sobre Carrero Blanco, etc. La ley, no es ciega ni mucho menos, pero no está hecha para hacer justicia sino para perseguir aquello que los legisladores (los que tienen el poder) han definido como delito… y eso, en general, incluye cualquier cosa que ellos crean que les amenaza.

Una de las mayores amenazas sociales que existen es, sin duda, el derecho a la libertad de expresión. Es un derecho profundamente antisistema, porque abre la puerta a que todos los disidentes se expresen en sus críticas hacia la sociedad y sus errores, y tengan derecho a ser escuchados. ¡Anatema! ¡Alguien podría decir algo malo sobre quienes están en el poder! No es el único derecho peligroso, por supuesto, ahí tenemos otros muy sospechosos como el derecho a la protesta o el de asociación… sospechosos habituales para los cuales la sociedad ha buscado otras formas de neutralizar, como la cooptación.

En resumen, por tanto, y para cerrar todo esto, a lo largo de la historia los legisladores han ido buscando distintas filosofías que aunasen los valores del momento con las posibilidades tecnológicas, de cara a mantener la sociedad controlada. La justicia, a través de la pena, es una de las herramientas primordiales para ello, gracias a su legitimidad (se supone que es justa) y al hecho de que tiene carácter obligatorio (ya se sabe que desconocer la ley no exime de su cumplimiento)… y si no te gusta, pronto tendrás que saludar a la policía y muchas otras herramientas del sistema para demostrarte que tu opinión es subversiva y, por tanto, no tolerable.

penaPor supuesto, que todavía haya debates sobre qué penas son aceptables o no, o qué reformas legales son aceptables o no (como el actual debate en torno a la pena de prisión permanente) es prueba de que los que tienen el poder no tiene la hegemonía sobre el discurso que ellos desearían tener. Por suerte, aún quedan sectores de la sociedad que no se han inclinado a aceptar que las penas sean como ellos quieren, cuando ellos quieren y donde ellos quieren.

Costán Sequeiros Bruna

Y tú, ¿qué opinas de la pena y su funcionamiento en la sociedad actual?

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